N.J.S.A. 39:4-97.3
Uso del teléfono celular
actualizado 28 de julio 2013
Efectivo el 1 de julio de 2014
Resumen: El uso de un teléfono o dispositivo de comunicación inalámbrica es ilegal excepto cuando la está utilizando en "manos libres".
Específicos:
1. Sólo puede ser citado en la vía pública / autopistas
2. No incluye Radioaficionados o Banda Ciudadana (CB) Radios
3. No incluye radios de dos vías por los conductores de vehículos comerciales o vehículo de emergencia
. 4 Un uso con la mano de un teléfono celular, mientras que la dirección se puede utilizar si:
a. El operador tiene razones para temer por su vida o su seguridad, o cree que un acto delictivo puede ser perpetrado contra sí mismo u otra persona; o
b. El conductor está reportando un incendio, un accidente de tráfico, un peligro en la carretera graves o materiales médicos o peligrosos de emergencia: o
c. El conductor está reportando otra que está conduciendo de forma temeraria, imprudente o de otra manera insegura o que parece estar conduciendo bajo la influencia del alcohol o las drogas.
Multas:
Primera ofensa $ 200 - $ 400
Segunda ofensa $ 400 - $ 600
Tercera ofensa $ 600 - $ 800
Tercero y ofensas subsecuentes pueden estar sujetos a una suspensión de la licencia por 90 días y se evaluó 3 puntos en su historia MV.